El juzgado de 1º Instancia nº5 de Vitoria, juzgado especializado para Álava, ha dictado la sentencia 4199/2025, de 18 de septiembre, obtenida por Res Abogados – firma colaboradora de AnulaIRPH-, por la que declara nula por abusiva la cláusula IRPH inserta en un contrato de préstamo hipotecario suscrito por el defendido y la entidad UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS-UCI, supliendo el índice IRPH por Euribor + 0,00%, y condenando a la entidad a devolver al cliente la diferencia entre lo que ha pagado por aplicación de la cláusula IRPH y lo que hubiera pagado de haberse remitido el contrato, desde el primer día, a Euribor + 0,00%.
Del mismo modo, han sido dictadas dos nuevas sentencias en las que CaixaBank y Kutxabank han sido condenadas por haber formalizado con nuestros representados sendas hipotecas referenciadas al IRPH, al entender que hubo falta de transparencia por parte de las entidades al no informar a los consumidores del perjuicio económico que iban a sufrir por tener referenciada la hipoteca a dicho índice.
Con estos nuevos éxitos, Res Abogados y AnulaIRPH refuerzan su compromiso en la lucha contra los perjuicios que el IRPH ha ocasionado a miles de familias.